Pl. los Belgas, 11, local, 28400 Collado Villalba, Madrid

Contacta con nosotros: 91.828.71.32 - 697982344

Quebrantamiento de condena o medida cautelar en redes sociales

Se actualizó el 12/05/2022 por José Martín García

Quebrantamiento por usar redes sociales

[toc] Cada vez es más frecuente que el delito de quebrantamiento se de interactuando por internet, más concretamente a través de las redes sociales como Facebook o Twitter. quebrantamiento a través de facebook Recientes sentencias condenan  por quebrantamiento, por el mero hecho de dar un Me Gusta  en el perfil de Facebook de la persona que tenía otorgada la orden de alejamiento y prohibición de comunicación el mayor problema que podríamos encontrarnos en este tipo de delito de quebrantamiento a través de redes sociales, es la prueba sabemos que para darse de alta en un perfil de Facebook con un nombre que no es el nuestro; no conlleva demasiados problemas por ello que alguien simule una interacción a través de una red social con un perfil de otra persona no es descartable en absoluto. Será quizás por lo novedoso pero en muchos casos nuestros jueces y tribunales imponen una especie de inversión de la carga de la prueba teniendo el acusado demostrar que no ha sido él (convirtiéndose en muchos casos en una auténtica probatio diabólica) La PENA DE PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN CON LA VÍCTIMA, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.
sentencia de la audiencia provincial sobre quebrantamiento en Facebook
Planteado el recurso de Apelación por la condena a nueve meses de prisión la Audiencia Provincial ratificó la sentencia de instancia con los anteriores argumentos.

DOCTRINA O JURISPRUDENCIA MENOR

Ya tenemos sentencias de Audiencias provinciales que se han manifestado sobre el quebrantamiento utilizando redes sociales

La Audiencia Provincial de Palma

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 6 de Palma según la cual, el acusado contactó con su ex pareja, al comentar una fotografía en dicha red social, utilizando para ello Facebook quebrantando así la orden de protección establecida por Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

La Audiencia Provincial de Barcelona

Por su parte, la Audiencia Provincial de Barcelona, más concretamente su Sección 20.ª, en su sentencia de fecha 2 de mayo de 2016, confirma la sentencia por la cual se había encontrado culpable de quebrantamiento a la expareja a la que se le había impuesto una orden de alejamiento y realizó un «me gusta» en varias imágenes de Facebook de la persona de la respecto de la cual se le prohibía el acercamiento impuesta por el Juzgado de Violencia sobre la mujer n.º 1 de Badalona.

SOMOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN:

Deja un comentario

Call Now Buttonllama ahora 918287132
× CONSULTA GRATUITA