QUE ES EL DELITO DE ROBO
Podemos definir el delito de robo como tomar los bienes de otro, haciendo uso de intimidación o violencia en las personas o daño en las cosas.
El delito de robo es un delito contra el patrimonio, que se caracteriza por el apoderamiento de un bien mueble ajeno, mediante fuerza en las cosas, violencia contra las personas o el intimidación contra éstas.
El delito de robo con violencia o intimidación se recoge en el artículo 244 del Código Penal que establece que:
«será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses el que, con violencia o intimidación a las personas, se apodere de un bien mueble ajeno».
Código penal
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El robo es el delito de usar la fuerza o la intimidación para apoderarse de la propiedad o los derechos de otras personas. Incluso si esta fuerza es empelada únicamente para la huida.
El delito de robo se entiende como aquella acción en la que un determinado sujeto se ha apoderado de cosas ajenas, usando la fuerza, la violencia, intimidando a personas.
Se estipula una pena de prisión para este tipo de delito que oscilará entre 1 y de 3 años.
La jurisprudencia ha señalado que el robo es un delito de peligro abstracto, es decir, que no requiere que el autor tenga la intención de causar un daño concreto para que se configure el tipo penal.
Basta que el sujeto tenga la voluntad de apoderarse del bien ajeno y para ello utilice la violencia o intimidación contra las personas.
El robo es un delito que puede ser cometido de diversas maneras. Por ejemplo, el robo con fuerza en las cosas se produce cuando el autor, utilizando violencia contra las cosas, se apodera de un bien ajeno.
Por su parte, el robo con fuerza en las personas se produce cuando el autor, utilizando la violencia contra las personas, se apodera de un bien ajeno.
El delito de robo agravado se configura cuando el autor, además de utilizar la violencia o intimidación contra las personas, cometió el robo en determinadas circunstancias, como por ejemplo, si el robo se cometió en un lugar público o en un lugar habitado, si el robo se cometió contra una persona que no puede defenderse o si el robo se cometió en presencia de un menor de edad.
Por lo tanto se trataría, en esencia de un hurto utilizando medios de fuerza ya física o psicológica.
El robo se regula en el Capítulo titulado «De los robos«, en los artículos 237 a 242, en primer artículo de los cuales, se ponen de manifiesto las dos clases de robo, el robo con fuerza en las cosas y el robo con violencia o intimidación en las personas.
El robo está castigado con pena de prisión de hasta tres años de privación de libertad.
Robo con fuerza
El primero de los delitos de robo que se contempla y se contiene en los artículos 238 a 241 del Código Penal, es del de robo con fuerza en las cosas.
El concepto fuerza aquí contemplado no es el que se utiliza comunmente sino que se trata de un término jurídico, que viene a describir unos hechos que la doctrina ha venido reconociendo como «fuerza» y que por ejemplo puede ser desde el romper cerraduras hasta el uso de llaves falsas o desactivar sistemas de seguridad informáticas.
Dentro de los supuestos de la «fuerza» que se utiliza para que un hurto sea calificado como robo, se encuentra lo que se conoce como escalamiento, que si bien se refiere en principio a escalar, el concepto es más amplio y refleja las acepciones de escalar que recoge el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española:
1. Entrar en una plaza fuerte u otro lugar valiéndose de escalas.
2. Subir, trepar por una gran pendiente o a una gran altura.
3. Subir, no siempre por buenas artes, a elevadas dignidades.
4. Entrar subrepticia o violentamente en alguna parte, o salir de ella rompiendo una pared, un tejado, etc.
Pero también hay que tener en cuenta que el concepto de fuerza y o escalamiento, se amplía a hechos como el uso de llave falsa, ya sea esta llave física o virtual por lo que en este concepto cabe también la contraseñas o programas destinados a anular sistemas informáticos de seguridad.
MODIFICACIONES EN EL CÓDIGO PENAL DEL ROBO CON FUERZA EN EL AÑO 2015:
ANTES DESPUÉS
Delitos agravados de robo con fuerza en las cosas
El artículo 241 del Código Penal prevé dos grupos de circunstancias que, de concurrir, hacen que el robo sea considerado de mayor gravedad, dando lugar a lo que doctrinal mente se llaman unos tipos agravados en los que la pena es superior.
Concretamente la pena asciende a la de prisión de dos a cinco años. Veamos estos dos grupos:
a) Concurriendo las circunstancias del artículo 235 del Código Penal
En el delito de hurto se prevén también unos tipos agravados en el artículo 235 del Código Penal; si los objetos robados tuvieran de valor artístico, histórico, cultural o científico.
Diferencia entre robo y hurto.
Jurisprudencia: Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 23 de noviembre de 2005, Recurso número 2078/2004, La ley 10617/2006.
Robo con violencia e intimidación.
Sustracción en el domicilio del mismo perjudicado que ha sufrido previamente una apropiación violenta.
Hechos cometidos sin solución de continuidad que responden a un único dolo criminal y la misma voluntad de aprovechamiento ilícito.
Absorción en un único delito de robo violento.