Los honorarios para reclamar o modificar una pensión de alimentos parten de 690 euros en asuntos ordinarios.
Esta referencia corresponde a procedimientos de fijación o modificación de la pensión de alimentos de los hijos. Cuando se combina con otras medidas (custodia, vivienda), el presupuesto se valora dentro del procedimiento principal.
| Intervención | Honorarios orientativos | Alcance |
|---|---|---|
| Fijación o reclamación de pensión de alimentos | Desde 690 € | Demanda o contestación, y asistencia a la audiencia previa y al juicio. |
| Modificación de la pensión ya fijada | Desde 690 € | Por cambio sustancial de circunstancias económicas o familiares. |
| Ejecución por impago de la pensión | Presupuesto individual | Se valora tras conocer el importe adeudado y el historial de impagos. |
Qué incluye la tarifa inicial
El estudio de la situación económica y familiar, la redacción de la demanda o contestación, y la asistencia a la audiencia previa y al juicio en primera instancia.
Qué no suele incluirse
- Honorarios y suplidos del procurador, cuando sea preceptivo.
- Informes periciales económicos privados.
- La ejecución judicial en caso de impago, salvo que se contrate expresamente.
- Recursos de apelación contra la resolución.
- Desplazamientos no previstos en la hoja de encargo.
Pensión de alimentos: fijación, modificación y reclamación
La pensión de alimentos cubre las necesidades básicas de los hijos menores (y, en determinados casos, mayores de edad que no tengan ingresos propios): vivienda, alimentación, educación y sanidad, entre otras partidas.
Su importe se fija atendiendo a los ingresos de ambos progenitores y a las necesidades de los hijos, y puede modificarse cuando se produce un cambio sustancial y no coyuntural en las circunstancias económicas o familiares que se tuvieron en cuenta al fijarla.
Factores que afectan al coste
Para preparar el presupuesto definitivo se valoran principalmente:
- Los ingresos acreditados de ambos progenitores.
- El número de hijos y sus necesidades específicas.
- Si se solicita fijación inicial o modificación de una pensión ya establecida.
- La existencia de impagos previos.
- El grado de acuerdo entre las partes.
Como en el resto de procedimientos, los honorarios de abogado son libres y se convienen entre cliente y letrado conforme al artículo 26 del Estatuto General de la Abogacía Española. Las cifras de esta página son orientativas y no constituyen una tarifa oficial ni un presupuesto cerrado sin conocer el asunto concreto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta reclamar o modificar una pensión de alimentos?
Los honorarios parten de 690 euros tanto para la fijación inicial como para la modificación por cambio de circunstancias.
¿Cuándo se puede modificar la pensión de alimentos?
Cuando se produce un cambio sustancial, y no meramente coyuntural, en los ingresos o necesidades de alguna de las partes, como la pérdida del empleo o un aumento relevante de ingresos.
¿El precio incluye reclamar las pensiones impagadas?
No, salvo que se contrate expresamente. La ejecución por impago se presupuesta de forma independiente según el importe adeudado.
Solicitar presupuesto
Para preparar un presupuesto sin compromiso puede aportar la documentación disponible sobre el asunto. Puede consultar también la página de precios, la información sobre la pensión de alimentos y la trayectoria de José Martín García.
Puede remitir la documentación mediante la página de contacto.