Se actualizó el 29/07/2017 por José Martín García
¿Encaja el fraude de Volkswagen con nuestra figura jurídica de la estafa?
Volkswagen no sólo admite que violó la ley, que engañó sino que consiguieron que cientos de miles de consumidores que deseaban comprar un vehículo lo menos contaminante posible (la concienciación por el medio ambiente es cada vez mayor en el mundo occidental) se decidieran por un coche de la marca que ahora reconoce el trucaje.
Por supuesto dejando de lado el posible delito medioambiental y ponen en peligro la salud de todos, emitiendo hasta 40 veces el límite legal de los contaminantes , o el resarcimiento a sus clientes, compradores de un producto que no poseía las cualidades que se decían, o a sus inversores, al tomar una decisión, sin exponer a consulta que de momento ha acabado con un tercio del valor de la compañía
Según la definición de estafa veamos:
- ¿Existe o se da engaño?
- ¿Este engaño pudo motivar la compra del vehículo?
- ¿Esta acción, el implementar estos dispositivos que daban datos no reales sobre la contaminación, se llevó a cabo con ánimo de lucro por parte de la compañía?
Si todas las respuestas son afirmativas nos podemos encontrar ante un delito de estafa.
España no denuncia a Volkswagen
Al no haber actuado España frente a este engaño, la Unión Europea ha abierto expediente a nuestro país, pues entiende que debería haberlo perseguido.
España ha contestado que existe una prejudicialidad penal al encontrarse abierto un procedimiento ante la Audiencia Nacional por esta estafa, promovida, por supuesto por particulares.
VIA CIVIL
La vía civil en reclamación con motivo de las emisiones de Volkswagen ha sido realmente ineficaz; de diez reclamaciones en nueve se ha dado la razón a la parte demandada y en una sola se estimó, aunque solo parcialmente la demanda. Ver el siguiente cuadro que aparecía en El Pais digital: