Nuestro despacho cuenta con amplia experiencia en la defensa frente a expedientes sancionadores en materia alimentaria, interviniendo desde las fases iniciales del procedimiento. Analizamos de forma exhaustiva la legalidad de las actuaciones inspectoras, verificamos el cumplimiento de los requisitos formales y materiales, y detectamos posibles vicios procedimentales susceptibles de determinar la nulidad o anulabilidad de la sanción.
Asimismo, elaboramos estrategias de defensa jurídica orientadas a la mejor protección de los intereses del cliente, incluyendo la formulación de alegaciones, la proposición y práctica de prueba, así como la interposición de recursos en vía administrativa y contencioso-administrativa. Nuestra actuación se dirige tanto a la anulación de la sanción como, subsidiariamente, a la reducción de su cuantía o a la mitigación de sus efectos, garantizando una defensa técnica rigurosa y eficaz en un ámbito especialmente sensible para la actividad empresarial.
Las actuaciones de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), en coordinación con las autoridades autonómicas competentes en materia de control oficial, pueden dar lugar a la incoación de expedientes sancionadores frente a los operadores alimentarios por infracciones de la normativa vigente. Estas actuaciones se enmarcan en planes de inspección periódicos, controles oficiales o actuaciones derivadas de alertas sanitarias, denuncias o campañas específicas de control.
Las consecuencias jurídicas pueden ser especialmente gravosas, incluyendo la imposición de sanciones económicas de elevada cuantía, la retirada o inmovilización de productos, la suspensión temporal de la actividad, el cierre de instalaciones e incluso la publicidad de las sanciones impuestas. Todo ello con un impacto directo no solo económico, sino también reputacional para la empresa afectada.
El procedimiento sancionador en materia alimentaria se rige por los principios del Derecho administrativo sancionador, lo que exige una escrupulosa observancia de garantías como la tipicidad de la infracción, la proporcionalidad de la sanción, la presunción de inocencia y el respeto al procedimiento legalmente establecido. No obstante, en la práctica, es frecuente la existencia de defectos en la actuación administrativa, ya sea en la fase de inspección, en la toma de muestras, en la cadena de custodia o en la motivación de las resoluciones sancionadoras.
