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revisión de sentencias firmes

¿SE PUEDEN RECURRIR SENTENCIAS FIRMES?

Sin duda una de las mayores virtualidades que tiene este tipo de recurso es poder atacar sentencias firmes y por lo tanto aquello que tiene consideración de cosa juzgada.

¿QUÉ RECURSO CABE CONTRA UNA SENTENCIA FIRME?

EL RECURSO DE REVISIÓN

Lo «excepcional» del recurso de revisión:

El recurso de revisión se aparta en todos los sentidos del resto de recursos pues poco comparte con ellos. Así por ejemplo en los recursos, propiamente dichos, sus características más señaladas como son:

.- Caben contra el procedimiento que no está finalizado por lo que no existe sentencia firme.

.- Que se deben presentar en un plazo determinado fuera del cual tienen cabida (aquí podíamos reflexionar acerca de la sin razón de que existan recursos con un plazo tan corto para interponer como pueden ser tres días en unos procedimientos que por desgracia se alargan bastantes años)

.- En los que hemos dado en llamar en este texto, los recursos propiamente dichos se recurre el que el juez haya llegado a un error al examinar la prueba, o al dictar sentencia.
En el recurso de revisión lo que exponemos es que el juez no ha llegado a un error sino que con los medios que disponía no podía llegar a otra conclusión pero que ahora le vamos hacer llegar nuevos medios que fundamente una sentencia en otro sentido.

En este sentido el Tribunal Supremo en sentencia de 11 de octubre de 2007 nos dijo:

“es un remedio procesal excepcional encaminado a atacar el principio de la cosa juzgada  a la vez  que controla, en beneficio de la justicia, si la resolución cuya revisión se pretende fue dictada como consecuencia de defectos o vicios que, de haberse conocido, hubiesen provocado una resolución distinta por lo que ha de circunscribirse a los motivos taxativamente señalados en la Ley, que además deben ser interpretados de  manera estricta”.

Si una sentencia ya ha sido declarada firme, significa que ha pasado por todos los recursos legales disponibles en el proceso y se ha agotado la posibilidad de interponer más recursos ante el tribunal que emitió la sentencia. Por lo tanto, no es posible presentar un recurso contra una sentencia firme ante el mismo tribunal.
Sin embargo, existen algunas excepciones en las que se puede presentar un recurso contra una sentencia firme, como por ejemplo:

MOTIVOS EN EL RECURSO DE REVISIÓN

  • La revisión de la sentencia por parte de un tribunal superior:

En algunos casos, se puede solicitar la revisión de una sentencia firme ante un tribunal superior.

Este recurso generalmente está disponible en situaciones en las que se han presentado pruebas nuevas y relevantes que no estaban disponibles en el momento del juicio.

  • Descubrimiento de documentos decisivos que no se conocían en el momento de la sentencia firme: Si después de la sentencia firme se descubren documentos o pruebas que podrían haber afectado el resultado de la sentencia, se puede solicitar la revisión de la sentencia.

Sin embargo, es necesario que estos documentos o pruebas no se conocieran en el momento del juicio y que no se hayan podido presentar antes de la sentencia firme debido a razones ajenas a la parte interesada.

  • La Sentencia firme fue dictada en rebeldía: Si se ha dictado una sentencia firme en rebeldía, es decir, sin que la parte interesada haya tenido conocimiento del juicio o sin haber tenido la oportunidad de presentar su defensa, se puede solicitar la revisión de la sentencia.
  • Error judicial: Si se ha cometido un error judicial que ha influido en el resultado de la sentencia, se puede solicitar la revisión de la sentencia. Este tipo de errores pueden ser de forma o de fondo y deben ser demostrados por la parte interesada.

En primer lugar vamos a tratar el recurso de revisión cuando no existen hechos materiales nuevos, sino un pronunciamiento del TEDH.

Como mantiene la Doctrina la revisión, en realidad no entra en la categoría de los recursos y se trata de una pretensión impugnativa de la sentencia firme sobre unos hechos nuevos y diferentes a los que dieron lugar a la Sentencia del proceso.

El Tribunal Supremo de forma reiterada viene manifestando que en el recurso extraordinario de revisión no se permite un nuevo examen o enjuiciamiento de las cuestiones ya debatidas y resueltas en las sentencias firmes.

Sin embargo nos encontramos con una nueva realidad: Conseguir un pronunciamiento por el TEDH que es aún más garantista en algunos aspectos que nuestro sistema y con este nuevo pronunciamiento, aportarlo en el recurso extraordinario de revisión.

Como ha manifestado nuestro Tribunal Constitucional:

«En tanto no exista en el Ordenamiento Jurídico una expresa previsión legal para la efectividad de las sentencias dictadas por el TEDH que aprecien la violación de derechos fundamentales de un condenado por los Tribunales españoles, el recurso de revisión del art. 954 LECrm. cumple este cometido….».

Ello ha dado lugar a la modificación del art. 954 por Ley 41/2015 de 5 de octubre en vigor desde el pasado 6 de diciembre que en su número 3 establece:

«Se podrá solicitar la revisión de una resolución judicial firme cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de algunos de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus protocolos, siempre que su violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persisten y no puedan cesar de ningún otro modo que no sea mediante esta revisión”

En segundo lugar el recurso de revisión por vulneración del Derecho de Defensa.

El principal motivo que se alega y que está dando buenos resultados es la vulneración del derecho de defensa.

¿Existe algún plazo? si el de un año.

En tercer lugar el recurso de revisión por error lo puedes ver aquí.

¿FRENTE A QUE OTRAS SENTENCIAS FIRMES SE PUEDE INTERPONER RECURSO DE REVISIÓN?

Recordamos que como ha venido manteniendo el Tribunal Supremo en sus sentencias (ésta por ejemplo), ante el quebrantamiento del principio «non bis in idem«, también se debe interponer el recurso de revisión.


 

 

MODELOS RECURSO DE REVISIÓN

RECURSO DE REVISIÓN FRENTE A CONDENA FIRME

Tribunal Supremo, Sala Segunda

A LA EXCELENTÍSIMA. SALA

D. ………., Procurador de los Tribunales y de D. ………., según acredito con copia de los poderes notariales que al efecto acompaño como DOCUMENTO n.º 1, ante la Excelentísima  Sala comparezco y como mejor proceda, DIGO:

1.º Que la sentencia n.º ………. de ….., de …… de ………., del Juzgado de lo Penal n.º …… de ………., posteriormente confirmada en apelación por Sentencia firme de fecha ………. de ….. de ….. de la Audiencia Provincial de ……, condenó a mi mandante como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un año y seis meses de prisión y a las accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, al abono de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular y a indemnizar a D. ………. con la suma en que se cuantifiquen los perjuicios originados, que en ningún caso podrán exceder de ………. euros.

2.º Que siguiendo expresas instrucciones de mi poderdante, y al amparo de lo dispuesto en el art. 955 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por medio del presente escrito vengo a PROMOVER RECURSO DE REVISIÓN contra la referida sentencia condenatoria.

3.º Que la causa autorizante de la revisión que ahora se impetra deriva del hecho incontrovertible de que el delito por el que se condenó a mi mandante habría sido perpetrado en fecha ….. de ………. de ….., cuando en esa misma fecha mi patrocinado se hallaba internado en el Centro Penitenciario de la localidad de ……….., en calidad de preso preventivo, situación dimanante de la causa n.º ……./…….., seguida ante el Juzgado de Instrucción n.º ………. de ………., por lo que en modo alguno pudo cometer los hechos por los que ha sido condenado.

Sin perjuicio de cuantas diligencias de comprobación se acuerden en momento procesal posterior por la Excma. Sala Segunda del Tribunal Supremo, en la instrucción supletoria que al efecto se ordene formar, con este escrito acompaño los siguientes documentos:

  • 1.º. Testimonio fehaciente de la sentencia cuya revisión se solicita, librado por el Sr. Secretario de la Sala de aquella Audiencia.
  • 2.º. Certificación expedida por el Sr. Director del Centro penitenciario de la localidad de ………., acreditativa de que el día de autos, D. ………. se hallaba internado en el referido Centro.

En su virtud,

SUPLICO A LA EXCMA. SALA que teniendo por presentado este escrito, con sus documentos y copias, los admita y en atención a lo expuesto, tenga por promovida la revisión de las aludidas sentencias y, previos los trámites que entienda oportunos, autorice la interposición del referido recurso.

Todo ello, por ser Justicia que pido en ………., a ………….

Fdo. ………. Fdo. ……….

Abogado Martín,  n.º … Procurador


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