Antes de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resuelva el fondo de una demanda puede pasar mucho tiempo. Cuando existe un riesgo real e inminente de daño irreparable, por ejemplo en casos de expulsión, extradición o entrega a un país donde la persona pueda sufrir tortura o malos tratos, es posible pedir al Tribunal que adopte una medida cautelar urgente mientras tramita el caso.
¿Qué es una medida cautelar según la Regla 39?
La Regla 39 del Reglamento del Tribunal permite a la Sala, o incluso a su presidente, indicar a un Estado que suspenda una actuación mientras el TEDH examina la demanda. La medida más habitual es la suspensión de una expulsión o extradición, aunque también se ha aplicado a otros supuestos en los que existía un riesgo grave para la vida o la integridad física de la persona.
Cuándo tiene sentido solicitarla
Solo procede cuando hay un riesgo real, inminente y de consecuencias difícilmente reversibles, y cuando no existe ya en España una vía interna capaz de evitar ese daño a tiempo. Por eso conviene actuar con rapidez: la solicitud debe presentarse, siempre que sea posible, antes de que se ejecute la medida que se quiere frenar.
Cómo se tramita
A diferencia de la demanda ordinaria, la solicitud de medida cautelar se resuelve en cuestión de horas o de pocos días. Es un procedimiento escrito en el que hay que explicar con precisión los hechos, el riesgo concreto que se corre y por qué las autoridades españolas no pueden o no van a evitarlo. El Tribunal no adelanta opinión sobre el fondo del asunto: solo decide si procede paralizar la actuación mientras dura el proceso.
Qué hacemos
Preparamos la solicitud de urgencia junto con la demanda principal, reunimos la documentación que acredite el riesgo y mantenemos contacto directo con el TEDH durante toda la tramitación de la medida. Trabajamos estos casos para clientes de Madrid y de toda España, dado el poco margen de tiempo con el que suele contarse en estos casos.
Relación con la demanda principal
La medida cautelar no sustituye a la demanda: es una petición urgente y provisional que se presenta junto con ella o inmediatamente antes, mientras el Tribunal decide sobre la admisibilidad y el fondo del asunto.
