Resolución de referencia: Auto n.º 12/2017 — Audiencia Provincial de Madrid, Sección 27ª, de 9 de enero de 2017 (Roj: AAP M 6015/2017, Ponente: Miguel Ángel Fernández de Marcos y Morales).
La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación interpuesto por el agresor contra el auto que había decretado su prisión provisional por hechos de quebrantamiento de medida cautelar y amenazas de muerte hacia su expareja, en un procedimiento de violencia de género tramitado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Collado Villalba.
La defensa de la víctima, ejercida por el abogado José Martín García, se opuso firmemente al recurso del agresor, defendiendo que la medida cautelar de prisión provisional estaba plenamente justificada por la gravedad de los hechos y por el riesgo objetivo que corría su patrocinada. Su posición, alineada con la del Ministerio Fiscal, contribuyó a que el recurso no prosperase, en un contexto en el que, además, el propio acusado terminó siendo condenado penalmente por los hechos que motivaron su ingreso en prisión.
El resultado final confirma la solidez del trabajo desarrollado desde la acusación particular: la protección de la víctima se mantuvo intacta durante todo el proceso y el agresor no logró revertir la situación cautelar acordada por el juzgado de instrucción.
Los hechos: quebrantamiento de medida cautelar y amenazas de muerte
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Collado Villalba, en las Diligencias Urgentes de Juicio Rápido 228/2016, dictó el 12 de diciembre de 2016 un auto por el que decretaba la prisión provisional del investigado. La jueza de instrucción apreció indicios de un delito de quebrantamiento de medida cautelar y de amenazas de muerte, calificando el riesgo para la víctima como alto según el informe de valoración policial, ante una denunciante que manifestó encontrarse atemorizada.
El recurso de apelación del acusado
Disconforme con su ingreso en prisión, el investigado recurrió la resolución alegando falta de motivación, supuestas contradicciones en la declaración de la testigo y una pretendida vulneración del principio de intervención mínima del derecho penal. Pedía la puesta en libertad y la sustitución de la prisión provisional por otras medidas cautelares.
La firme oposición de la víctima y del Ministerio Fiscal
Frente a este intento de excarcelación, la representación de la víctima, a cargo de José Martín García, se opuso al recurso argumentando que la prisión provisional había sido acordada precisamente por una situación de quebrantamiento y de amenazas muy graves, que justificaban plenamente la medida más severa. El Ministerio Fiscal, en el mismo sentido, consideró la resolución impugnada conforme a Derecho, atendida la gravedad y naturaleza de los hechos investigados.
La condena penal que privó de objeto al recurso
Antes de que la Audiencia Provincial resolviera la apelación, el procedimiento avanzó por la vía rápida: el Juzgado de lo Penal nº 37 de Madrid, en el Juicio Rápido 630/2016, dictó el 22 de diciembre de 2016 sentencia condenatoria contra el acusado. Ese mismo día, la magistrada dejó sin efecto la situación de prisión provisional, sustituyéndola por otras medidas cautelares, una vez alcanzada ya una resolución firme sobre el fondo del asunto.
La decisión de la Audiencia Provincial
Ante este nuevo escenario, la Sala concluyó que el recurso de apelación había perdido sobrevenidamente su objeto: no tenía sentido revisar la procedencia de una prisión provisional que ya había sido sustituida tras la condena del acusado. Por ello, la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación interpuesto por el agresor, declarando de oficio las costas de la alzada.
El resultado práctico es claro: el intento del agresor de revertir la medida cautelar impuesta no prosperó, y el proceso penal culminó con su condena, confirmando que la actuación judicial y la posición sostenida por la defensa de la víctima fueron acertadas desde el primer momento.
A lo largo de todo el procedimiento, José Martín García ejerció una defensa firme y rigurosa de los intereses de la víctima, oponiéndose con solidez jurídica a las pretensiones del agresor y contribuyendo a que la medida de protección inicialmente acordada se mantuviera vigente hasta que el propio proceso penal alcanzó su desenlace natural con la condena del acusado. Este caso pone de manifiesto la importancia de contar con una representación legal especializada y comprometida en los procedimientos de violencia de género.
Por qué este caso importa
Este caso demuestra que, en los procedimientos de violencia de género, una defensa técnica sólida de la víctima resulta determinante para que las medidas de protección acordadas por el juzgado se mantengan frente a los recursos del agresor. También ilustra cómo delitos como las amenazas o el quebrantamiento de medidas cautelares pueden derivar en consecuencias penales firmes cuando se acredita adecuadamente el riesgo para la víctima.
Si te encuentras en una situación similar, ya sea como víctima que necesita ver protegidos sus derechos frente a un recurso del agresor, o si necesitas asesoramiento sobre un recurso de apelación en un procedimiento penal, contar con representación especializada puede marcar la diferencia en el resultado final del proceso.
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