RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL

¿EN QUE CASOS SE DA LA CULPA O RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL?

Debemos diferenciar entre las obligaciones nacidas de actos u omisiones ilícitos que son infracciones penales de las obligaciones nacidas de actos u omisiones de carácter civil.
El Código Civil diferencia dos tipos de obligaciones en las que intervenga la negligencia:
Las que proceden de un delito. Que se rigen por lo establecido en el código penal.
Las que se derivan de un acto u omisión que no llega a ser penal, pero en las que interviniendo culpa o negligencia va a generar responsabilidad extracontractual esta es la conocida como responsabilidad Aquiliana.
Esta clase de culpa genera una responsabilidad por que se omite un deber de diligencia que incumbe a todos.

La culpa extracontractual llamada también aquiliana la regulan lis art 1902 y 1903 del Código Civil y se podría definir contrato o la responsabilidad que nace entre dos personas que no están previamente vinculados por un contrato y se deriva de actos u omisiones no penados por la Ley, y que se pueda imputar a uno de ellos que actúa con negligencia y causa al otro daños personales o patrimoniales, y traerán como consecuencia la obligación de indemnizar a la otra persona.

PRESUPUESTOS PARA LA CULPA AQUILIANA.

En el art 1902 del Código Civil se encuentra el fundamento básico de la culpa aquiliana, figura que si bien fue recogida por primera vez en la Lex Aquilia del siglo III antes de Cristo ha continuado evolucionando tanto doctrinalmente como jurisprudencialmente.


La culpa aquiliana es un concepto del derecho civil que se refiere a la responsabilidad extracontractual o aquiliana, es decir, la responsabilidad civil que surge de un acto ilícito que causa daño a otra persona, sin que exista un contrato entre las partes involucradas. Este concepto tiene su origen en el derecho romano y se ha mantenido relevante en el derecho contemporáneo.

La culpa aquiliana está regulada principalmente en el Código Civil, específicamente en los artículos 1902 y siguientes. Según el artículo 1902, «El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». Esto significa que una persona que causa daño a otra debido a su negligencia o falta de diligencia está obligada a compensar económicamente el perjuicio causado.

Para que exista culpa aquiliana, es necesario que se cumplan ciertos requisitos:

  1. Acción u omisión: La culpa puede surgir tanto por una acción como por una omisión. Es decir, puede haber responsabilidad por hacer algo incorrecto (acción) o por no hacer algo que se debería haber hecho (omisión).
  2. Daño causado: Debe existir un daño real y cuantificable. Este daño puede ser físico, material o moral.
  3. Culpabilidad o negligencia: La persona responsable debe haber actuado con culpa o negligencia. Esto significa que no actuó con la debida diligencia o cuidado que se espera en la situación dada.
  4. Nexo causal: Debe existir una relación de causa y efecto entre la conducta negligente y el daño causado. Es decir, el daño debe ser una consecuencia directa de la conducta negligente.

En la práctica, la culpa aquiliana se aplica en una amplia gama de situaciones, como accidentes de tráfico, negligencia médica, daños causados por animales, daños causados por productos defectuosos, entre otros. Cuando una persona sufre un daño debido a la culpa de otra, puede interponer una demanda para reclamar una compensación por los perjuicios sufridos.

En los casos de culpa aquiliana, los tribunales españoles suelen considerar diversos factores, como la gravedad de la conducta negligente, el grado de daño causado, la relación entre las partes involucradas, entre otros, para determinar la cantidad de compensación que debe otorgarse.

En resumen, la culpa aquiliana es un principio fundamental en el derecho civil español que establece la responsabilidad por los daños causados por la negligencia o la falta de diligencia de una persona, y se aplica en una variedad de situaciones donde no existe un contrato entre las partes involucradas.

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