Contrato de Teletrabajo: Qué Exige la Ley y Modelo de Acuerdo

El teletrabajo, entendido como la prestación de servicios a distancia con carácter regular, está regulado en España por la Ley 10/2021, de trabajo a distancia, que exige que esta modalidad se formalice por escrito mediante un acuerdo específico, ya sea incorporado al contrato de trabajo inicial o suscrito con posterioridad. La ley se aplica a quien trabaje a distancia, de forma regular, durante un mínimo del 30% de su jornada en un periodo de referencia de tres meses, o el porcentaje proporcional equivalente según la duración del contrato; por debajo de ese umbral se considera teletrabajo ocasional y queda fuera de su ámbito de aplicación específico.

Qué debe incluir el acuerdo de trabajo a distancia

El artículo 7 de la Ley 10/2021 enumera el contenido mínimo obligatorio: inventario de los medios y equipos necesarios, incluidos los consumibles y los elementos muebles; enumeración de los gastos que puede tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia y la forma de compensarlos; horario de trabajo y, en su caso, reglas de disponibilidad; porcentaje y distribución entre trabajo presencial y a distancia; centro de trabajo al que queda adscrita la persona trabajadora; lugar habitual de trabajo a distancia; duración de los plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad; medios de control empresarial de la actividad; procedimiento a seguir en caso de dificultades técnicas; e instrucciones sobre protección de datos y seguridad de la información.

Modelo de acuerdo de trabajo a distancia

ACUERDO DE TRABAJO A DISTANCIA ENTRE EMPRESA Y TRABAJADOR

En ……………….., a …. de ………… de ….

REUNIDOS:

Por una parte, D./D.ª ……………….., con D.N.I. n.º …………, en su calidad de Director/a de Recursos Humanos de la entidad ……………….., actuando en nombre y representación de la misma.

Por otra, D./D.ª ……………….., con D.N.I. …………, actuando en su propio nombre y representación.

MANIFIESTAN Y ACUERDAN:

1.º Que ambas partes han decidido que, a partir del día …. de ………… de …., D./D.ª ……………….. realice su actividad laboral como ……………….. (puesto: ……………….. ) desde su domicilio situado en ……………….. o en el lugar libremente elegido por este, dentro del porcentaje de jornada a distancia que se determine.

2.º Que, asimismo, el trabajador se compromete a atender los encargos del empleador conforme al horario y las reglas de disponibilidad pactadas.

3.º Que la Empresa pone a disposición de D./D.ª ……………….. los siguientes medios y equipos de trabajo: ordenador, teléfono, línea de conexión a internet, impresora, mesa y silla, comprometiéndose a compensar los gastos asociados a la prestación de servicios a distancia en los términos legalmente exigibles.

4.º D./D.ª ……………….. deberá presentarse en el centro de trabajo de la calle ……………….. siempre que sea requerido por sus superiores, con el fin de coordinar adecuadamente la actividad a desarrollar por el teletrabajador. Estas reuniones presenciales serán comunicadas con ………… días de antelación.

5.º En caso de que alguna de las partes ejerza su derecho de reversibilidad, D./D.ª ……………….. volverá a prestar sus servicios en el centro de trabajo de ……………….., siempre que se preavise con ………… días de antelación.

En cuyos términos dejan redactado el presente documento, y en cuyo contenido se afirman y ratifican plenamente, firmándolo por duplicado en la ciudad y fecha reseñadas en el encabezamiento.

……………….. POR LA EMPRESA ……………….. POR LA PERSONA TRABAJADORA

Teletrabajo ocasional frente a teletrabajo regular

Conviene no confundir el teletrabajo sujeto a esta ley con el que se presta de forma puntual u ocasional, por ejemplo unos días sueltos al mes: ese teletrabajo esporádico, al no alcanzar el umbral del 30% de la jornada en el periodo de referencia, se rige por lo pactado entre empresa y trabajador o, en su caso, por convenio colectivo, sin sujeción al contenido mínimo obligatorio del artículo 7.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio firmar un acuerdo específico para teletrabajar?

Sí, siempre que se supere el umbral del 30% de la jornada en un periodo de referencia de tres meses; por debajo de ese porcentaje se considera teletrabajo ocasional y no exige el contenido mínimo del artículo 7 de la Ley 10/2021.

¿Quién paga los gastos derivados del teletrabajo?

La empresa, que debe compensar los gastos que tenga la persona trabajadora por prestar servicios a distancia, en los términos que se fijen en el acuerdo o en el convenio colectivo aplicable.

¿Puede la empresa exigir que el trabajador acuda ocasionalmente al centro de trabajo?

Sí, si así se ha pactado en el acuerdo, respetando los plazos de preaviso acordados para coordinar la actividad presencial necesaria.

¿Qué es el derecho de reversibilidad en el teletrabajo?

Es la posibilidad de que el trabajador o la empresa reviertan la modalidad a distancia y vuelvan al trabajo presencial, en las condiciones y plazos de preaviso que se hayan pactado en el acuerdo.

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