Resolución: STSJ M 6006/2018 — Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo.
Superar unas pruebas de selección no siempre basta para acceder al puesto: la Administración puede excluir a un aspirante si entiende que no acredita la titulación exigida en la convocatoria. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid revisa la exclusión de un candidato a vigilante de seguridad y estima su recurso, anulando las resoluciones que le impidieron acceder a la plaza pese a haber aprobado los ejercicios.
El problema: una equivalencia académica no reconocida
La convocatoria exigía estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos profesionales. El aspirante solo disponía de una certificación que reconocía la equivalencia de sus estudios con el Graduado Escolar a efectos laborales, por lo que la Administración lo excluyó pese a haber superado las pruebas. El Tribunal recuerda que esa distinción entre efectos laborales y efectos profesionales no puede aplicarse de forma automática en perjuicio del candidato, cuando la propia Administración ya había reconocido antes esa equivalencia para el acceso al empleo.
Un criterio que también protege el acceso al empleo
Casos como este no solo tienen relevancia procesal: inciden directamente en el derecho de las personas a acceder a un empleo cuando su cualificación real ha sido injustamente descartada por criterios formales. Si te has visto excluido de un proceso selectivo, o tienes un conflicto con tu empresa o con la Administración por el reconocimiento de tu titulación o de tus condiciones laborales, en nuestra área de Derecho Laboral podemos estudiar tu caso.
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