Abogado de Divorcios en Torrelodones

Una separación obliga a reorganizar la vida diaria de toda la familia. Cuando ambos progenitores trabajan fuera de Torrelodones, existen desplazamientos escolares o alguno prevé cambiar de domicilio, el sistema de custodia debe diseñarse con especial cuidado.

La proximidad entre las viviendas no es el único factor relevante. También deben valorarse los horarios, la disponibilidad efectiva y la capacidad de cada progenitor para atender personalmente a los hijos.

Nuestro despacho asesora a residentes en Torrelodones en divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, medidas provisionales, procedimientos sobre hijos no matrimoniales, modificación de medidas y ejecución de sentencias.

Divorcio de mutuo acuerdo

Cuando los cónyuges alcanzan un acuerdo pueden presentar una demanda conjunta y actuar con el mismo abogado y procurador.

Esta vía suele reducir el coste, la duración y el desgaste personal del procedimiento. Sin embargo, exige un convenio regulador completo y adaptado a la realidad de la familia.

Cuando existen hijos menores, el convenio debe regular:

  • El ejercicio de la patria potestad.
  • La guarda y custodia.
  • Los periodos de estancia.
  • Las vacaciones y días no lectivos.
  • Las comunicaciones con los hijos.
  • La pensión de alimentos.
  • Los gastos extraordinarios.
  • El uso de la vivienda familiar.
  • La contribución a determinadas cargas.

El acuerdo será revisado por el Ministerio Fiscal y por el tribunal para comprobar que respeta el interés de los menores.

Diseñar la custodia antes de solicitarla

Una propuesta de custodia no debe limitarse a indicar que será individual o compartida. Debe explicar cómo funcionará en la práctica.

Conviene determinar:

  • Dónde residirán los hijos.
  • Cómo se distribuirán las semanas.
  • Quién realizará los desplazamientos.
  • Cómo se organizarán las entradas y salidas del colegio.
  • Qué sucederá en días no lectivos.
  • Cómo se atenderán las actividades extraescolares.
  • Qué ocurrirá durante las enfermedades.
  • Cómo se adoptarán las decisiones escolares y sanitarias.

Esta planificación permite detectar dificultades antes de firmar el convenio o defender la propuesta en juicio.

Custodia compartida y horarios laborales

La custodia compartida no exige necesariamente una distribución matemática del tiempo. Lo importante es que ambos progenitores puedan participar de forma efectiva y que la organización proporcione estabilidad a los hijos.

Cuando existen jornadas laborales extensas o desplazamientos habituales a Madrid, debe acreditarse cómo se compatibilizará el trabajo con la atención a los menores.

Los apoyos familiares o profesionales pueden complementar la organización, pero no sustituyen la disponibilidad y la implicación personal de cada progenitor.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos se calcula atendiendo a las necesidades de los hijos y a la capacidad económica de ambos progenitores.

Deben valorarse, entre otros conceptos:

  • Alimentación y vestido.
  • Vivienda y suministros.
  • Escolarización.
  • Transporte.
  • Asistencia sanitaria.
  • Actividades habituales.
  • Necesidades especiales.

La custodia compartida no elimina automáticamente la pensión. Si existe una diferencia importante de ingresos, puede establecerse una aportación proporcional o una cuenta común para determinados gastos.

Gastos extraordinarios

El convenio debe distinguir los gastos ordinarios incluidos en la pensión de aquellos que deberán abonarse separadamente.

Conviene precisar:

  • Qué gastos requieren consentimiento previo.
  • Cómo se comunicarán.
  • Qué documentación deberá aportarse.
  • En qué plazo se abonarán.
  • Qué sucede con los gastos médicos urgentes.
  • Cómo se reparten las actividades voluntarias.

Una cláusula que se limite a señalar que los gastos extraordinarios se pagarán por mitad puede resultar insuficiente y generar posteriores discrepancias.

Uso de la vivienda familiar

La atribución del uso de la vivienda y su propiedad son cuestiones distintas. Que uno de los cónyuges continúe residiendo en ella no significa que pase a ser su propietario.

Para decidir su uso se valoran la modalidad de custodia, la existencia de hijos menores, la titularidad, la disponibilidad de otras viviendas y la situación económica de los cónyuges.

Si existe un préstamo hipotecario, la atribución del uso tampoco modifica las obligaciones frente al banco. Los prestatarios continúan obligados mientras la entidad financiera no acepte expresamente otra solución.

Cuando se pacte la venta o adjudicación futura del inmueble, deben fijarse el plazo, el sistema de valoración, los gastos y las consecuencias del incumplimiento.

Divorcio contencioso

Cuando no existe acuerdo, cada cónyuge debe presentar su propuesta y acreditar los hechos en los que la fundamenta.

Pueden resultar relevantes:

  • Nóminas y declaraciones fiscales.
  • Gastos escolares y sanitarios.
  • Horarios laborales.
  • Información de inmuebles y préstamos.
  • Comunicaciones relacionadas con los hijos.
  • Documentación sobre su atención cotidiana.
  • Informes periciales, cuando sean necesarios.

El procedimiento no tiene por objeto decidir quién fue responsable de la ruptura matrimonial. La prueba debe centrarse en las circunstancias que permitan establecer las medidas más adecuadas.

Medidas provisionales

Cuando la familia necesita una regulación inmediata, pueden solicitarse medidas provisionales para determinar temporalmente:

  • La guarda y custodia.
  • Los periodos de estancia.
  • La pensión de alimentos.
  • El uso de la vivienda.
  • La contribución a las cargas familiares.

Estas medidas se mantienen hasta que sean sustituidas por las establecidas en la resolución definitiva.

Competencia judicial

Torrelodones pertenece al partido judicial de Collado Villalba. Nuestro despacho se encuentra en la Plaza de los Belgas, frente a la sede judicial de Collado Villalba, lo que facilita la actuación y el seguimiento presencial de los procedimientos correspondientes a este partido.

La competencia territorial concreta debe comprobarse atendiendo al último domicilio familiar, a la residencia de los cónyuges y a las reglas del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Después del divorcio

Las medidas pueden necesitar una adaptación posterior. Un traslado de domicilio, una variación estable de ingresos o nuevas necesidades de los hijos pueden justificar una modificación de medidas.

Si el problema no es un cambio de circunstancias, sino el incumplimiento de la sentencia, deberá solicitarse su ejecución. Mientras no exista una nueva resolución, las medidas vigentes deben continuar cumpliéndose.

Preguntas frecuentes

¿Puede uno de los progenitores cambiar a los hijos de colegio?

Las decisiones relevantes sobre educación corresponden normalmente a ambos titulares de la patria potestad. Si no existe acuerdo, puede solicitarse al tribunal que atribuya a uno de ellos la facultad de decidir sobre esa cuestión concreta.

¿Se puede establecer un sistema de custodia distinto cada curso?

Sí, pero debe existir un mecanismo claro de revisión. Las cláusulas completamente abiertas pueden dificultar su cumplimiento si posteriormente aparece el desacuerdo.

¿Puede modificarse la custodia si uno de los progenitores se traslada?

Sí, cuando el traslado altera de forma relevante y estable la organización existente. La modificación deberá valorar especialmente las consecuencias para los hijos.

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