Abogado de Divorcios en El Escorial

El municipio de El Escorial no debe confundirse con San Lorenzo de El Escorial, aunque ambos forman parte del mismo partido judicial. En un procedimiento de familia, identificar correctamente el domicilio y el órgano competente evita errores de presentación y retrasos innecesarios.

Asesoramos a residentes en El Escorial en divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, medidas sobre hijos no matrimoniales, modificación de medidas y ejecución de resoluciones.

Preparar el divorcio antes de presentar la demanda

La primera tarea consiste en ordenar la información familiar y económica. Deben identificarse los ingresos, gastos, horarios, bienes comunes, deudas y necesidades de los hijos. También conviene distinguir qué cuestiones pueden acordarse y cuáles necesitan negociación o decisión judicial.

Cuando la convivencia ha terminado, resulta desaconsejable adoptar decisiones importantes sin valorar previamente sus consecuencias. Entre otras actuaciones, pueden generar problemas:

  • Vaciar o bloquear cuentas comunes.
  • Dejar de pagar la hipoteca o las cargas familiares.
  • Cambiar unilateralmente la residencia habitual de los hijos.
  • Impedir las comunicaciones con el otro progenitor.
  • Retirar documentación o bienes sin dejar constancia.
  • Firmar acuerdos privados incompletos o ambiguos.

El divorcio debe prepararse con una visión de conjunto. Una decisión que parece beneficiosa de forma inmediata puede perjudicar la posición procesal o dificultar un acuerdo posterior.

Divorcio de mutuo acuerdo

Cuando los cónyuges alcanzan un acuerdo, pueden presentar una demanda conjunta y actuar con el mismo abogado y procurador. A la demanda debe acompañarse un convenio regulador que recoja las consecuencias personales y económicas de la ruptura.

El convenio debe regular, según proceda:

  • El ejercicio de la patria potestad.
  • La guarda y custodia.
  • Los periodos de estancia y comunicación.
  • Las vacaciones escolares.
  • La pensión de alimentos.
  • Los gastos extraordinarios.
  • El uso de la vivienda familiar.
  • La pensión compensatoria.
  • La contribución a determinadas cargas.

Cuando existen hijos menores, el convenio será examinado por el Ministerio Fiscal y por el tribunal para comprobar que protege adecuadamente sus intereses.

Un convenio que pueda cumplirse

Un convenio regulador no debe limitarse a reproducir un modelo general. Debe responder a la organización real de la familia y evitar expresiones que puedan dar lugar a interpretaciones enfrentadas.

Conviene concretar:

  • Las horas y lugares de entrega de los hijos.
  • El reparto de vacaciones y festividades.
  • El criterio de elección en años pares e impares.
  • La actualización anual de las pensiones.
  • Los gastos extraordinarios que necesitan consentimiento previo.
  • La forma y el plazo para justificar los gastos.
  • Las comunicaciones entre los progenitores.
  • Las decisiones escolares y sanitarias.

Las medidas aprobadas judicialmente son exigibles. Una cláusula imprecisa puede terminar generando un procedimiento de ejecución.

Divorcio contencioso

Si no existe acuerdo, el tribunal resolverá las cuestiones discutidas a partir de las peticiones y pruebas aportadas por las partes.

La demanda y la contestación deben formular medidas concretas. En materia económica pueden resultar relevantes:

  • Nóminas y declaraciones tributarias.
  • Movimientos bancarios.
  • Información sobre inmuebles y préstamos.
  • Gastos ordinarios de los hijos.
  • Gastos sanitarios y escolares.
  • Titularidad y cargas de la vivienda.

En materia de custodia se valoran la atención prestada antes de la ruptura, la disponibilidad de cada progenitor, los horarios, la proximidad de los domicilios, las necesidades de los hijos y la viabilidad de la organización propuesta.

El procedimiento no debe convertirse en una revisión de todas las discusiones matrimoniales. La prueba debe centrarse en los hechos relacionados con las medidas solicitadas.

Medidas provisionales

Cuando la familia necesita una regulación inmediata, puede estudiarse la solicitud de medidas provisionales. Estas medidas permiten establecer temporalmente:

  • La guarda y custodia.
  • Los periodos de estancia.
  • La pensión de alimentos.
  • El uso de la vivienda.
  • La contribución a las cargas familiares.

Las medidas provisionales se mantienen hasta que sean sustituidas por las adoptadas en la resolución definitiva.

Vivienda familiar e hipoteca

El uso de la vivienda familiar y su propiedad son cuestiones diferentes. La atribución del uso no convierte a su beneficiario en propietario ni modifica las cuotas de titularidad.

Cuando existe un préstamo hipotecario, el convenio o la sentencia tampoco liberan automáticamente a ninguno de los deudores. Aunque los cónyuges acuerden que uno asumirá todas las cuotas, el banco puede continuar reclamando a ambos mientras no acepte una modificación contractual.

Si se prevé vender o adjudicar la vivienda, deben regularse el plazo, la valoración, los gastos y las consecuencias del incumplimiento.

Pensión compensatoria

Cuando la ruptura produce a uno de los cónyuges un desequilibrio económico respecto de la situación mantenida durante el matrimonio, puede estudiarse la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil.

No surge automáticamente por existir una diferencia de ingresos. Deben valorarse la duración del matrimonio, la dedicación a la familia, la edad, la cualificación profesional, las posibilidades de acceso al empleo y los recursos de ambos cónyuges.

Competencia judicial

El Escorial pertenece al partido judicial de San Lorenzo de El Escorial. El procedimiento se tramitará ante la sección civil y de familia competente del Tribunal de Instancia cuando así resulte de las reglas territoriales del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La competencia concreta debe comprobarse atendiendo al último domicilio familiar y a la residencia de los cónyuges.

Cuando ya existe sentencia

Si una parte incumple la obligación de pagar alimentos, entregar a los hijos o respetar cualquier otra medida, puede solicitarse la ejecución judicial.

Si no existe un incumplimiento, sino un cambio sustancial y estable de las circunstancias, debe estudiarse una modificación de medidas. No es aconsejable dejar de cumplir unilateralmente una resolución aunque se considere que ha quedado desactualizada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo divorciarme aunque mi cónyuge se oponga?

Sí. El consentimiento de ambos facilita el mutuo acuerdo, pero no es necesario para obtener el divorcio.

¿Quién paga la hipoteca después de la ruptura?

Depende de la titularidad y de las obligaciones asumidas frente al banco. La atribución del uso de la vivienda no altera automáticamente el contrato hipotecario.

¿Es obligatorio liquidar los gananciales al divorciarse?

No. El divorcio produce la disolución del régimen económico, pero la liquidación puede acordarse o tramitarse posteriormente.

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