Exceso de Velocidad y Conducción Temeraria: Cuándo Pasa de Multa a Delito

Casi todo el mundo sabe que pillarte a más velocidad de la permitida acaba en multa. Lo que mucha gente no sabe es que, a partir de cierto punto, deja de ser una sanción de tráfico y se convierte en un delito con antecedentes penales de por medio. Aquí te explico dónde está esa línea, tanto para el exceso de velocidad como para la conducción temeraria, que son cosas distintas aunque se confundan constantemente.

Cuándo el exceso de velocidad deja de ser una multa

El artículo 379 del Código Penal fija los límites: circular a más de 60 km/h por encima del máximo permitido en vía urbana, o a más de 80 km/h en vía interurbana, ya no es una infracción administrativa, es un delito contra la seguridad vial. No hace falta que haya habido un accidente ni que nadie resultara herido, basta con superar esa velocidad para que el atestado se remita al juzgado en vez de quedarse en una multa de tráfico.

Conducción temeraria: un delito distinto, no una cuestión de velocidad

Aquí no se mira solo el velocímetro. El artículo 380 castiga a quien conduce con temeridad manifiesta poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de otras personas: adelantamientos imposibles, circular en sentido contrario, saltarse semáforos en rojo de forma consciente, ese tipo de conductas. La clave está en la palabra «concreto»: no basta con conducir mal en abstracto, tiene que haber existido un peligro real para alguien identificable, aunque no llegara a producirse ningún daño.

Qué te puede pasar si te acusan de alguno de los dos

Las penas van de tres a seis meses de prisión (o su multa alternativa), trabajos en beneficio de la comunidad y, casi siempre, la retirada del carné entre uno y cuatro años. Que acabe en cárcel real, en multa o en trabajos comunitarios depende muchísimo de cómo se plantee la defensa desde el primer momento: si es la primera vez, si hay antecedentes, si se puede cuestionar la forma en que se midió la velocidad o se valoró el peligro. No es lo mismo llegar al juicio sin haber preparado nada que hacerlo con la instrucción ya revisada por un abogado.

Si te ha llegado una citación por alguno de estos delitos, cuanto antes hables con un abogado penal, más opciones reales tienes. Puedes contarnos tu caso a través de nuestra página de contacto.

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